Concepto Jurídico. Pago de laudo arbitral – Fondo de estabilización tarifaria. Radicado No. 202322104450871

¿Desde el punto de vista presupuestal, Transmilenio S.A., en qué fondo o rubro S. A. debe incluir las apropiaciones presupuestales para el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judicial en contra de dicha entidad, teniendo en cuenta la incertidumbre asociada a los contingentes judiciales o arbitrales? ¿Con los recursos del Fondo de Estabilización Tributaria se puede realizar el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judiciales proferidos en contra de Transmilenio S. A.? ¿En caso de los recursos del Fondo de Estabilización Tarifaria sean insuficientes para cubrir el diferencial entre la tarifa técnica y la tarifa de los usuarios, a qué entidad le corresponde incorporar los recursos necesarios para garantizar la prestación del servicio de transporte público de la ciudad?

Tema/Subtema
Nivel de aplicación
Dependencia de origen
Número de norma
202322104450871
Fecha de expedición
Documento
Estado
Vigencia

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