Concepto Jurídico. regimen presupuestal y de contratacion de EICE. Radicado No. 2025ER160271O1
¿Cuál es el régimen presupuestal y contractual de “la Rolita” sociedad de economía mixta?
¿Cuál es el régimen presupuestal y contractual de “la Rolita” sociedad de economía mixta?
1. De conformidad con lo previsto en los decretos 662 de 2018 y 191 de 2021, ¿es jurídicamente viable que se autorice a las empresas distritales no financieras la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales para “gastos de operación comercial”, esto es, para gastos distintos a los de inversión?
¿Cuál es el procedimiento para enajenar las acciones de las cuales la Lotería de Bogotá es titular en el Banco Popular?
1. Frente al mayor valor del recaudo futuro que se reciba por la titularización del impuesto predial en una zona vinculada a proyectos de renovación urbana ¿debe aplicarse el porcentaje del 15% establecido en el artículo 1 del Acuerdo 14 de 1996 con el objeto de transferir este recurso a la CAR? ¿o se entendería que en virtud de lo preceptuado en el artículo 278 de la Ley 1955 de 2019, el recaudo obtenido, al ser un menor valor del ingreso, no debería estar sujeto a la transferencia mencionada?
¿Teniendo en cuenta que el megaproyecto PTAR Canoas aún no ha iniciado, los porcentajes en que deben participar las entidades responsables de dar cumplimiento a la orden 4.44 de la sentencia del Consejo de Estado No. AP-25000-23-27-000-2001-90479-0, sobre el saneamiento del Río Bogotá, son los mismos que fueron elaborados en aplicación de lo dispuesto en la orden 4.52 de la referida sentencia?
Determinar si la figura de encargo fiduciario conlleva la excepción para una entidad pública distrital de cumplir con las obligaciones como agente retenedor de la Estampilla “Cincuenta años de labor de la Universidad Pedagógica Nacional” y Contribución de Obra Pública, y en su lugar, se traslada dicha carga a la sociedad fiduciaria
¿Cuál es el manejo presupuestal y financiero de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, para el cumplimiento de las órdenes impartidas 4.42 y 4.40 de la sentencia del Consejo de Estado AP-25000-23- 27-000-2001-90479-01 de 2014 y el convenio 171 de 2007 y el Acuerdo de Cooperación de febrero de 2011?
Buscando promover el buen manejo de los recursos asignados a la Agencia ATENEA y su fondo cuenta, y dado que la Tesorería Distrital debe aplicar el mecanismo de Cuenta Única Distrital (CUD), se requiere: i) verificar la viabilidad del manejo del Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior - FONDO FEST dentro del mecanismo CUD; ii) aclarar el destino de todos los recursos de que trata el artículo 3° del Acuerdo 037 de 1999 y sus modificaciones; iii) verificar la viabilidad de la liquidación de los recursos de cada uno de los depósitos y su posterior disponibilidad para que
Por medio del cual se reglamentan los artículos 97, 316. 31 7 y 31 del acuerdo 927 de 2024
¿Desde el punto de vista presupuestal, Transmilenio S.A., en qué fondo o rubro S. A. debe incluir las apropiaciones presupuestales para el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judicial en contra de dicha entidad, teniendo en cuenta la incertidumbre asociada a los contingentes judiciales o arbitrales? ¿Con los recursos del Fondo de Estabilización Tributaria se puede realizar el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judiciales proferidos en contra de Transmilenio S. A.?