Regulación distrital

Concepto Jurídico. Agente retenedor en cabeza del ente fiduciario. Radicado No. 2024IE029016O1

Determinar si la figura de encargo fiduciario conlleva la excepción para una entidad pública distrital de cumplir con las obligaciones como agente retenedor de la Estampilla “Cincuenta años de labor de la Universidad Pedagógica Nacional” y Contribución de Obra Pública, y en su lugar, se traslada dicha carga a la sociedad fiduciaria

Concepto Jurídico. Convenios de recaudo con compañias de financiamiento y cooperativas. Radicado No. 2024IE028612O1

¿Puede la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Dirección Distrital de Tesorería, recaudar ingresos tributarios y no tributarios a través de compañías de financiamiento comercial y/o cooperativas financieras, siempre que se cumplan las instrucciones que en materia de riesgos defina la Oficina de Análisis y Control de Riesgos de esta Secretaría?

Concepto Jurídico. Convenio interadministrativo, recursos públicos, transferencia de dominio. Radicado No. 2024IE027959O1

¿El hecho de que ATENEA incorpore los recursos de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca -RMBC en su presupuesto implica que exista transferencia de dominio de estos? ; En caso de que exista transferencia de dominio ¿qué pasa con los rendimientos financieros de estos recursos?; De no existir transferencia de dominio ¿puede la Dirección Distrital de Tesorería administrar los recursos de la RMBC en la Cuenta Única Distrital -CUD?

Concepto Jurídico. Autonomía presupuestal de las Corporaciones autónomas regionales . CAR. Radicado No. 2024IE027311O1

¿Cuál es el manejo presupuestal y financiero de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, para el cumplimiento de las órdenes impartidas 4.42 y 4.40 de la sentencia del Consejo de Estado AP-25000-23- 27-000-2001-90479-01 de 2014 y el convenio 171 de 2007 y el Acuerdo de Cooperación de febrero de 2011?

Concepto Jurídico. Aplicación de la CUD a establecimientos públicos y asimilados. Radicado No. 2024IE027197O1

¿Los saldos de las tarifas pagadas por los usuarios que financian el esquema de aseo, cuyos excedentes deben ser invertidos en beneficio de los usuarios y de la prestación del servicio y que, además, la titularidad de estos radica en cabeza de la UAESP como entidad contratante del servicio de aseo, pueden incorporarse al mecanismo de cuenta única?

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