Concepto Jurídico. Condonación intereses. Radicado No. 2020EE199476O1

¿Es viable jurídicamente que la Caja de Vivienda Popular condone intereses corrientes y de mora a deudores morosos con ocasión de contratos de mutuo celebrados para la adquisición de viviendas?

Tema/Subtema
Nivel de aplicación
Dependencia de origen
Número de norma
2020EE199476O1
Fecha de expedición
Documento
Estado
Vigencia
Diccionario de busqueda
Artículos 287 y 355 de la Constitución Política;
Artículos 1711 y 1712 Código Civil;
Sentencias C-511, C-528 de 1996 y C- 1115 de 2001 de la Corte
Constitucional;
Consejo de Estado – Concepto 11001-03-06-0002017-0027-
00(2329), Contraloría General de la República- Concepto
2017EE0025810 de marzo 2 de 2017.

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