Concepto Jurídico. Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio no tributario.

¿Para las sancinoes impuestas por Secretarias Distritales diferentes al sector hacienda, como por ejemplo, las sanciones ambientales, de tránsito y transporte y sanitarias, aplicarían los principios de "lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad" previstos en el artículo 282 de la ley 1819 de 2016 y el acuerdo 671 de 2017?

Tema/Subtema
Nivel de aplicación
Dependencia de origen
Número de norma
2017ER114976_y_2017ER117808
Servicio al que aplica
Fecha de expedición
Documento
Estado
Vigencia

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