Dirección Jurídica

¿La competencia para participar en las asambleas de beneficiarios y/o comités fiduciarios de los patrimonios autónomos en los cuales la Entidad tenga participación recae en la Dirección Administrativa y Financiera, en virtud de las funciones establecidas en el artículo 63 del Decreto Distrital 645 de 2025, o en la Oficina de Inversiones de la Dirección Distrital de Tesorería, en aplicación del numeral 13 del artículo 38 del mismo decreto? 

¿Desde el punto de vista jurídico cómo es el régimen de administración, gastos, conservación y enajenación de bienes muebles entregados en dación en pago en cuota parte? ¿Estos bienes se pueden dar de baja y destino final? ¿Es procedente el registro de la asignación de la cuota parte de los vehículos a nombre de la entidad?

¿Es procedente que la Secretaría Distrital de Hacienda suministre a la Dirección de Jurisdicción Coactiva Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá información relacionada con los correos electrónicos de los contribuyentes que, a su vez, estén siendo ejecutados dentro de procesos de cobro coactivo adelantados por la citada empresa, con el fin exclusivo de contar con un canal adicional para la notificación de las actuaciones administrativas?

¿Cuáles son las competencias de la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal en materia de regalías, toda vez que el artículo 15, literal u), del Decreto Distrital 468 de 2025 hace referencia al artículo 5 adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019, y el artículo 79 deroga los artículos 4 y 5 del Decreto Distrital 839 de 2019?

¿Es viable jurídicamente proceder a la depuración de cuentas contables de depósitos judiciales constituidos por concepto de órdenes de embargo decretadas sobre recursos del Distrito, en las cuales las entidades distritales demandadas reportan información acerca del estado del proceso, pero no presentan los soportes que permitan establecer que la situación jurídicase ha definido a favor del Distrito Capital?

¿Existe impedimento legal para que la Subred Norte pueda modificar y retirar la cláusula de manejo de cuentas separadas de los convenios interadministrativos celebrados con el Fondo Financiero Distrital de Salud (FFDS) y, por ende, aplicar el principio de unidad de caja, permitiendo la cancelación de obligaciones desde las cuentas generales de la entidad y retirando la obligatoriedad de cuentas de destinación específica?

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