Dirección Jurídica

Concepto jurídico. Fondo de contingencias – reglamentación - recursos – reconocimiento de contingencia. Radicado No. 2025IE026703O

¿En caso de la materialización de una obligación contingente de tipo judicial (sentencia en contra), los funcionarios autorizados por cada entidad podrán solicitar al administrador del fondo el desembolso de recursos para dar cumplimiento al pago de la respectiva obligación, a pesar de que estos recursos corresponden a apropiaciones presupuestales del Presupuesto Distrital?

Concepto jurídico. Propiedad de los excedentes y rendimientos financieros de la contribución de valorización. Radicado No. 2025EE801725O1

¿Bajo el supuesto de que la obra, plan o conjunto de obras del respectivo acuerdo de valorización hubiesen sido ejecutados en su totalidad, es posible destinar recursos y excedentes financieros recaudados por concepto de valorización a proyectos de infraestructura distintos a los originalmente contemplados en el Acuerdo? 

Concepto Jurídico. Cupo endeudamiento - saldos no comprometidos EICE distrital. Radicado No. 2025EE776302O1

¿Se puede entender que el cupo global aprobado mediante Acuerdo 840 de 2022, se puede utilizar de manera diferente a lo expuesto en los documentos técnicos que antecedieron, tal y como se indica en el concepto emitido por la Secretaría Distrital de Hacienda en el oficio 2013EE96339 del 21 de mayo de 2013, a la luz de la normativa vigente?

Concepto Jurídico. Notificacion de deudores sin direcció de notificación conocida. Radicado No. 2025IE025564O1

¿Cuándo en el trámite de un proceso administrativo de cobro coactivo de obligaciones no tributarias se requiere la notificación de un acto administrativo al deudor y no ha sido posible establecer una dirección para dicho fin: ¿el acto administrativo debe notificarse mediante la publicación en la página web oficial de la SDH, en la forma prevista por el artículo 563 –inciso 3 - del Estatuto Tributario Nacional, o mediante la publicación en periódico de circulación nacional como lo dispone el artículo 565 - inciso 5 - del mismo estatuto? 

Concepto jurídico. Cobro de intereses moratorios no liquidados en facilidades de pago. Radicado No. 2025IE025488O1

¿Es jurídicamente procedente exigir el pago de los intereses de mora a los deudores que cumplieron y/o estén cumpliendo a cabalidad con las facilidades de pago respecto de las cuales no se liquidó, ni se contempló el cobro de intereses moratorios? En caso afirmativo ¿cuál es el mecanismo jurídico que procede para exigir el pago de los intereses moratorios?

Concepto Jurídico. Régimen presupuestal sociedades economía mixta cuya participación accionaria pública inferior al 90%. Radicado No. 2025EE727957O1

¿Cuál es el régimen presupuestal de las sociedades de economía mixta cuya participación accionaria pública es inferior al 90% y no están sometidas al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado? ¿A estas sociedades les aplican los principios establecidos en el artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, entre ellos, el de anualidad en su contratación y presupuesto?

Concepto jurídico. Naturaleza del pasivo pensional de docentes nacionalizados. Radicado No. 2025EE667754O1

¿Es jurídicamente viable entender que los recursos administrados por el FONCEP, en virtud del convenio interadministrativo de 1996 suscrito con la Nación para el reconocimiento y pago de las pensiones del personal docente nacionalizado, hacen parte del pasivo pensional del Distrito Capital o por el contrario son un pasivo nacional? ¿El FONCEP está obligado a administrar dichos recursos mediante la constitución de un patrimonio autónomo? ¿Es jurídicamente viable que el FONCEP acuerde una comisión por el manejo o administración de estos recursos?”

Concepto jurídico. Prescripción de acción de cobro frente a recursos de reservas pensionales. Radicado No. 2025EE606234O1

¿Puede el FONCEP declarar la prescripción sobre todo o parte de los aportes que le fueron entregados por concepto de reserva pensional, pese a que la pensión continuó siendo pagada por la entidad obligada? ¿Cuál sería el término aplicable y fuente normativa de aquella decisión? ¿A qué entidad, o entidades, debe entregarse los capitales que el FONCEP considere deben devolverse?

Concepto Jurídico. Prelación deducciones contratistas. Radicado No. 2025IE020723O1

¿Cuál es el orden de prelación que debe aplicarse a las deducciones de origen legal o judicial, como son los embargos ejecutivos, de alimentos, laborales, coactivos, entre otros, frente a las deducciones voluntarias autorizadas por el contratista, tales como aportes o cuotas sindicales, descuentos por libranzas con entidades financieras o cooperativas, aportes voluntarios a fondos privados de pensiones, aportes a fondos de empleados, entre otros?

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