Cobro tributario

Concepto Jurídico. Cobro de cartera castigada. Radicado No. 2016EE41737

¿Es procedente que la SDDE haya presentado demandas ejecutivas singulares ante las jurisdicción civil ordinaria para recuperar cartera castigada recibida?; 2)¿puede tenerse dicha actividad jurídica como una especie de cobro por jurisdicción coactiva adelantada ante la jurisdicción ordinaria?; en caso afirmativo ¿cuál sería el camino a seguir con las demandas ejecutivas singulares presentada ante la jurisdicción civil ordinaria?; 3)  ¿hasta donde llega la competencia de la SDDE para intentar recuperar la cartera castigada en mención?

Concepto Jurídico. Cumplimiento de sentencias, pago de intereses corrientes y moratorios. Radicado No. 2023IE028131O1

¿Cuál es la dependencia competente en la Secretaría Distrital de Hacienda para resolver el recurso contra una resolución que dio cumplimiento a un fallo judicial que ordenó, entre otros, el pago de intereses corrientes y moratorios a un contribuyente?

Concepto Jurídico. Dación en pago – competencia para autorización de la dación en pago. Radicado No. 2023IE020025O1

¿Quién tiene la competencia para autorizar la cancelación de las obligaciones tributarias mediante la aplicación de la institución jurídica de la dación en pago: le corresponde al Director de Impuestos de Bogotá, a la Directora Distrital de Cobro?

Concepto Jurídico. Saneamiento contable y depuración de cheques no pagados. Radicado No. 2023IE016488O1

¿Cuál es la normatividad y conceptos jurídicos aplicables a la depuración de cheques anulados no cobrados? Además de la aplicabilidad del instructivo de depuración de cheques anulados de la entidad, tomado como referente de análisis, de un lado, el instructivo “Instructivo Depuración De Cheques Anulados”, y del otro, los conceptos con radicados 2017IE25908 y 2017IE2114O1.

Concepto Jurídico. Autonomía Territorial – Disposición del aumento en la tarifa del impuesto sobre vehículos. Radicado No. 2023IE015397O1

¿Es posible proponer sobre la destinación de los 0,2 puntos porcentuales adicionales de la tarifa del Impuesto a Vehículos Automotores, que el 30% del recaudo se destine a la región y el 70% restante quede como autorización delegada en la administración distrital para que se ceda dichos recursos a la Agencia Regional de Movilidad siempre y cuando se destine a proyectos de interés para la Administración Distrital?

Dashboard