¿Teniendo en cuenta que en el Distrito Capital se presentan acreencias a su favor por concepto de ingresos no tributarios, en que casos se aplican intereses remuneratorios y moratorios?
¿Los rendimientos financieros generados por la Estampilla de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años, deben invertirse en el mismo porcentaje para la destinación específica señalada en la Ley, atendiendo que el 20% deberá destinarse al pasivo pensional?
¿Es viable que la Contraloría de Bogotá, D.C. incorpore en su presupuesto los recursos percibidos por concepto de arrendamiento de inmuebles de su propiedad, en lugar de consignarlos en la cuenta del Tesoro Distrital, en cumplimiento del artículo 54 del Decreto 714 de 1996?
¿Cuál es el correcto manejo que se le debe dar a los rendimientos financieros que se generan producto de los recursos aportados en ejecución de los convenios interadministrativos derivados o específicos?
¿Qué tratamiento se le debe dar a los gastos financieros y a los rendimientos financieros, generados en las cuentas bancarias donde se manejan los recursos de los convenios?