Regulación distrital

¿Cuál es la naturaleza de los recursos que se giran a terceros por la Tesorería Distrital, como consecuencia de las órdenes de pago emitidas por las entidades distritales?

¿Cuál es la interpretación y la aplicación de la expresión "decretese el embargo y secuestro" de los dineros que hagan parte del pecunio exclusivo, como participación corresponda y en el porcentaje que ostentan como integrante de una unión temporal?

¿Es posible realizar el cobro persuasivo o descontar directamente a un funcionario por mayores valores pagados por concepto de nómina sin acto administrativo o acuerdo de pago previamente suscrito y sin haber comunicado previamente al funcionario el valor total de la obligación?

¿Es posible la utilización de la fuente cupo de endeudamiento y otras fuentes de destinación especifíca para financiar la prestación de servicios profesionales y otros gastos operativos, asociados a los proyectos de inversión financiados con endeudamiento o recursos de destinación específica?

¿Las empreas descentralizadas, como la empresa de energía de Bogotá S.A. E.S.P., deben solicitar autorización a la Dirección Distrital de Crédito Público de la Secretaria Dístrital de Hacienda, para realizar operaciones de crédito público en el mercado internacional?

¿Al haber incorporado en el presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones, los aportes dados por las partes intervinientes en un convenio interadministrativo, como un ingreso corriente, es decir como un recurso propio, los rendimientos financieros que surjan de dichos aportes, le pertenencen a la entidad contratante y responsable de la ejecución total del proyecto?