Regulación distrital

¿Debe la ETB reintegrar los rendimientos financieros obtenidos de los recursos girados por el distrito en el marco del convenio interadministrativo No 561 de 2014, respecto a los recursos que no fueron ejecutados?

¿Desde el punto de vista presupuestal, Transmilenio S.A., en qué fondo o rubro S. A. debe incluir las apropiaciones presupuestales para el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judicial en contra de dicha entidad, teniendo en cuenta la incertidumbre asociada a los contingentes judiciales o arbitrales? ¿Con los recursos del Fondo de Estabilización Tributaria se puede realizar el pago de conciliaciones, laudos o sentencias judiciales proferidos en contra de Transmilenio S. A.?

¿Es posible proponer sobre la destinación de los 0,2 puntos porcentuales adicionales de la tarifa del Impuesto a Vehículos Automotores, que el 30% del recaudo se destine a la región y el 70% restante quede como autorización delegada en la administración distrital para que se ceda dichos recursos a la Agencia Regional de Movilidad siempre y cuando se destine a proyectos de interés para la Administración Distrital?

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