La facilidad de pago es un mecanismo que puede utilizar el contribuyente para poder pagar todas sus obligaciones tributarias, en mora, en un plazo acordado.
La solicitud la puede hacer a nombre propio o a través de un tercero que garantice el pago de la deuda consolidada por concepto de impuestos distritales.
Esta figura establece además el pago de un abono inicial correspondiente al 10% del total de las obligaciones pendientes del contribuyente, calculado sobre capital, intereses, sanciones y/o costas procesales, si las hubiere.