Tributario

Dada la especialidad de la participación en plusvalía ¿La Secretaría Distrital de Hacienda cuenta con los elementos para establecer el valor a devolver en los casos que se solicite devolución por pago en exceso o de no debido, con ocasión fallos judiciales a favor de los contribuyentes?

¿En virtud del art. 4° de la Resolución SDH 452 de 2020 tienen validez las solicitudes de beneficio tributario (Art 7 Decreto Legislativo 678 de 2020) realizadas por los contribuyentes a través de cualquier canal de comunicación establecido por la Secretaría Distrital de Hacienda?

¿Se pueden considerar como válidos los pagos realizados con el formulario publicado en la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda, sin que se haya radicado la solicitud de acogerse al beneficio tributario conforme se estableció en el art. 4 de la Resolución SDH 452 de 2020?