Presupuestal

Concepto Jurídico. Rendimientos financieros - rentas cedidas de destinación específica - titularidad. Radicado No. 2026IE008609O1

¿Quién es el titular y cuál es la destinación de los rendimientos financieros generados por recursos ordinarios; rentas cedidas y demás fuentes con destinación específica en proyectos del sector salud? ¿Es viable jurídicamente el reintegro o reasignación de recursos cuya fuente son rentas cedidas trasladadas a la Tesorería Distrital, cuando estos no se ejecutan en los proyectos para los cuales fueron comprometidos?

Concepto Jurídico. Recursos asociados a los convenios interadministrativos de prestación de servicios de salud. Radicado No. 2026EE037069O1

¿Existe impedimento legal para que la Subred Norte pueda modificar y retirar la cláusula de manejo de cuentas separadas de los convenios interadministrativos celebrados con el Fondo Financiero Distrital de Salud (FFDS) y, por ende, aplicar el principio de unidad de caja, permitiendo la cancelación de obligaciones desde las cuentas generales de la entidad y retirando la obligatoriedad de cuentas de destinación específica?

Concepto Jurídico. Fondo de estabilización tarifaria – pago de sentencias. Radicado No. 2026EE031047O1

¿Teniendo en cuenta la destinación específica de los recursos del Fondo de Estabilización Tarifaria en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad y que presupuestalmente es manejado como una transferencia de inversión, resulta viable jurídica y financieramente su destinación para cubrir obligaciones derivadas de sentencias judiciales y laudos arbitrales en los que resulten condenados entes gestores del sistema, en cuyo caso el proyecto de inversión no corresponde al presupuesto de la SDM?.

Concepto jurídico. Fondo de contingencias – reglamentación - recursos – reconocimiento de contingencia. Radicado No. 2025IE026703O

¿En caso de la materialización de una obligación contingente de tipo judicial (sentencia en contra), los funcionarios autorizados por cada entidad podrán solicitar al administrador del fondo el desembolso de recursos para dar cumplimiento al pago de la respectiva obligación, a pesar de que estos recursos corresponden a apropiaciones presupuestales del Presupuesto Distrital?

Concepto Jurídico. Régimen presupuestal sociedades economía mixta cuya participación accionaria pública inferior al 90%. Radicado No. 2025EE727957O1

¿Cuál es el régimen presupuestal de las sociedades de economía mixta cuya participación accionaria pública es inferior al 90% y no están sometidas al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado? ¿A estas sociedades les aplican los principios establecidos en el artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, entre ellos, el de anualidad en su contratación y presupuesto?

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