Vigente

Concepto Jurídico. Prelación deducciones contratistas. Radicado No. 2025IE020723O1

¿Cuál es el orden de prelación que debe aplicarse a las deducciones de origen legal o judicial, como son los embargos ejecutivos, de alimentos, laborales, coactivos, entre otros, frente a las deducciones voluntarias autorizadas por el contratista, tales como aportes o cuotas sindicales, descuentos por libranzas con entidades financieras o cooperativas, aportes voluntarios a fondos privados de pensiones, aportes a fondos de empleados, entre otros?

Resolución 1310 de 2025 - Secretaría Distrital de Planeación

Por la cual se precisa y modifica la delimitación de la Zona de Reserva para el intercambiador vial de la Avenida Medellín (Calle 80) en el tramo comprendido entre la Carrera 116 B y el límite de Bogotá Puente de Guadua – Río Bogotá y se dictan otras disposiciones

 

Se publica la presente resolución en virtud del artículo 4° del Acuerdo Distrital 164 de 2005

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