Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME)

Por impuestos04 , 18 Enero, 2016

El Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME) es la relación de las personas naturales y jurídicas que a cualquier título, a una fecha de corte, tienen contraída una obligación con una entidad pública de cualquier orden o nivel, cuya cuantía supera los cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y más de seis (6) meses de mora, o que habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo hayan incumplido.

Paragraph
Cuerpo Texto

En virtud del parágrafo 3.º del artículo 2.º de la Ley 901 de 2004, y del numeral 5.º del art. 2.º de la Ley 1066 de 2006, la Secretaría de Hacienda, como entidad pública, tiene la obligación de enviar a la Contaduría General de la Nación el listado de los contribuyentes que registren deudas pendientes por impuestos distritales, en los (10) primeros días de los meses de junio y de diciembre con fecha de corte 31 de mayo 30 de noviembre, respectivamente.

La información enviada por la Secretaría Distrital de Hacienda es consolidada por la Contaduría General de la Nación, a fecha de corte, el 30 de julio y el 30 de enero, según corresponda, y publicada en el sitio web de la Contaduría General de la Nación, en el enlace Boletín de Deudores Morosos del Estado – BDME–.

Título
Normativa y procedimiento
Título
Consulta, descarga y paga tus obligaciones pendientes
Cuerpo Texto

Si ya cancelaste o encuentras un error en el reporte, solicita el retiro del Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME) diligenciando, suscribiendo y adjuntando el formato de solicitud de retiro del Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME a través del Formulario de peticiones y trámites

 

Ten en cuenta que, previamente, debes subsanar tu situación tributaria.

Título
Cómo solicitar el retiro del Boletín de Deudores Morosos del Estado

Categorías de información relacionada

Incluir canales de atención
Activado