En el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarada en el territorio nacional, se expidió el Decreto Legislativo 678 del 20 de mayo de 2020, el cual en el artículo 7 estableció medidas para aliviar la situación económica de los deudores de obligaciones tributarias y no tributarias, se quiere conocer si en el cobro coactivo que se adelanta ¿Es necesario que el deudor manifieste claramente acogerse a estas medidas para su implementación? o ¿De recibirse un pago parcial de la obligación principal en los porcentajes previstos por el Decreto se debe dar aplicación y la cancelación total del saldo de la cartera, así como la finalización del proceso de cobro?
Tema/Subtema
Enlace
Nivel de aplicación
Dependencia de origen
Número de norma
2020EE161080O1
Servicio al que aplica
Fecha de expedición
Documento
Estado
Anexos externos
Vigencia