lavado de activos y financiamento del terrorismo

¿Es pertinente mantener en el artículo 32 del Decreto Distrital 2016 de 2017, la función que actualmente tiene la ofiina de análisis y control de riesgo y las entidades descentralizadas de solicitar a las entidades financieras una certificación sobre la implementación de la normativa relacionada con lavado de activos y financiamiento del terrorismo, para la realizción de sus operaciones?

Dashboard