¿La compensación prevista en el artículo 97 del Decreto Distrital 479 de 2024 es de carácter obligatorio o facultativo? ¿Cuál es el procedimiento que debe adelantar la entidad pagadora para materializar dicha compensación? ¿Cuál es el mecanismo para efectuar el traslado de los recursos compensados a favor de la entidad acreedora, así como los documentos o requisitos que deban cumplirse para tal fin?