modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011

Concepto: Exención al GMF de convenio Interadministrativo - Radicado 2022IE010371O1

  ¿Es procedente la marcación de la cuenta de ahorros BANCOLOMBIA 031-677682-87 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB ESP como exenta del Gravamen a los Movimientos Financieros – GMF, cuyos recursos depositados provienen de la transferencia realizada por la Secretaría Distrital de Hacienda correspondiente al 1% de los ingresos corrientes Distrito Capital y la transferencia de FONDIGER en desarrollo del Convenio interadministrativo SDA-CD 20171240 celebrado entre la Secretaría Distrital de Ambiente y la EAAB E.S.P.?

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