cud

¿Los saldos de las tarifas pagadas por los usuarios que financian el esquema de aseo, cuyos excedentes deben ser invertidos en beneficio de los usuarios y de la prestación del servicio y que, además, la titularidad de estos radica en cabeza de la UAESP como entidad contratante del servicio de aseo, pueden incorporarse al mecanismo de cuenta única?

Buscando promover el buen manejo de los recursos asignados a la Agencia ATENEA y su fondo cuenta, y dado que la Tesorería Distrital debe aplicar el mecanismo de Cuenta Única Distrital (CUD), se requiere: i) verificar la viabilidad del manejo del Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior - FONDO FEST dentro del mecanismo CUD; ii) aclarar el destino de todos los recursos de que trata el artículo 3° del Acuerdo 037 de 1999 y sus modificaciones; iii) verificar la viabilidad de la liquidación de los recursos de cada uno de los depósitos y su posterior disponibilidad para que

¿Los recursos recaudados por retribución económica del aprovechamiento del espacio público administrados por el IDRD deben hacer parte del mecanismo de cuenta única? ¿El IDRD es el titular de los rendimientos financieros generados por la retribución?

¿Es aplicable la exención del gravamen a los movimientos financieros a recursos propios de los establecimientos públicos al ser depositados en la Cuenta Única Distrital y al traslado de los mismo hacia esta? ¿Está exenta del gravamen a los movimientos financieros el traslado de los recursos públicos entre entidades del orden territorial y, en especial, desde y hacia la Tesorería Distrital?

¿Cuál es el fundamento jurídico para realizar la administración de recursos de una entidad descentralizada no incluida en el
presupuesto anual distrital en la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda?

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