Concepto Jurídico. Recirsos de depósitos judiciales, manejo a través del encargo fiduciario Radicado No. 2022EE330444O1
¿Es procedente la celebración del contrato de encargo fiduciario, en relación con la gestión de pagos de depósitos judiciales?
¿Es procedente la celebración del contrato de encargo fiduciario, en relación con la gestión de pagos de depósitos judiciales?
¿Le corresponde a la Subdirección Administrativa y Financiera en cumplimiento de sus funciones realizar directamente arreglos en un bien que fue dado en comodato por el DADEP a la Secretaría Distrital de Hacienda?
¿El Fondo Financiero Distrital de Salud y el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural tienen capacidad legal para celebrar contratos de fiducia mercantil o asumir la posición activa de fideicomitente en ese tipo de contratos, como resultado de la cesión de esa posición jurídica, en especial, cuando los mismos son suscritos por entidades estatales facultadas para suscribirlos para la ejecución de proyectos urbanísticos?