rendimientos financieros; consignación; liquidación; extractos bancarios

Concepto Jurídico. Rendimientos financieros, convenios interadministrativos. Radicado No. 2019ER107285 y 2019ER101199

¿Deben ser consignados en la Secretaria Distital de hacienda los rendimientos financieros generados a partir de convenios interadministrativos?, ¿La inclusión de una cláusula que establece la destinación de los rendimientos financieros generados con recursos objeto de un convenio interadministrativo, es una adición o una moficación sin recursos de dicho convenio?

Concepto Unificador No. 1 de 2019 - Rendimientos financieros generados durante la administración de recursos públicos en la CUD

Rendimientos financieros generados durante la administración de recursos públicos por la tesoría distrital. Contratos de fiducia pública y mercantil (patrimonios autonómos), contratos interadministrativos, recursos públicos con destinación especifica.

0¿Cuál es el manejo de los rendimientos financieros originados con los recursos de Distrito Capital?

Concepto Jurídico, Rendimientos financieros consignación, liquidación, extractos bancarios, Radicado No. 2019EE191042O1

Respecto de la consignación de los rendimientos financieros de los convenios interadministrativos que se deben realizar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de liquidación, ¿esta se debe entender como el plazo que se tiene después del proceso realizado de recibir extracto bancario, verificación, liquidación, cargue y registros contables?

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