¿Cuál es la destinación específica de los recursos recaudados por concepto de cargas urbanísticas de servicios públicos domiciliarios en el Distrito Capital?
¿El plan especial de manejo y protección del cento histórico de Bogotá (PEMP-CHB) puede prever eventos en los cuales procede el pago para el cumplimiento o compensación de cargas por edificabilidad para que sean recaudados por el fondo cuenta con el fin de cumplir o compensar cargas urbanísticas?
¿los recursos generados por Cargas de Edificabilidad Adicional y aprovechamiento económico del espacio público corresponden a la Empresa Metro de Bogotá S.A.?
Cuándo un urbanizador, para cumplir con su obligación de destinar suelos para VIS/VIP, opta por la alternativa señalada en el numeral 3 del artículo 2.2.2.1.5.3.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015 ¿Los recursos producto de la carga urbanísitca son recursos públicos o de particulares?
¿Las cuentas a nombre del IDU a través de las cuales ejecuta su presupuesto por concepto de recaudo y administración de valorización, cargas urbanistícas y convenios están exentas de gravamen a los movimientos financieros?
¿Es la participación en plusvalía un ingreso tributario o no tributario? a partir de lo anterior ¿cuál es la dependencia encargada de devolver los recursos provenientes de la participación en plusvalía en virtud de una orden judicial?
¿Qué alternativas para el cumplimiento de la obligación del urbanizador de destinar un porcentaje de los suelos a VIS o VIP, se compagina con la naturaleza de carga urbanística? - ¿Cuál es su tratamiento presupuestal y contable?