Circular DDT No. 3 de 2022
Lineamientos para la administración de recursos derivados de Convenios Interadministrativos pactados en moneda extranjera, suscritos por las entidades distritales con organismos internacionales y/o multilaterales.
Lineamientos para la administración de recursos derivados de Convenios Interadministrativos pactados en moneda extranjera, suscritos por las entidades distritales con organismos internacionales y/o multilaterales.
¿A quién le pertenece los rendimientos financieros generados con recursos de Bogotá Distrito Capital que fueron aportados por una entidad distrital del nivel central en virtud de un Convenio Interadministrativo suscrito con una entidad distrital del nivel descentralizado, cuya administración se hizo a través de negocios fiduciarios y cuál es el procedimiento para su liquidación?
¿Cómo se deben registrar los rendimientos financieros de propiedad del Distrito Capital, en relación con la devolución de saldos pensionales?
¿Cómo se debe registrar y/o compensar los rendimientos negativos producidos en un encargo fiduciario?
¿Cuál es el manejo de los rendimientos financieros que se generen con los recursos del Valor Único de Reconocimiento cuándo son transferidos a cuentas de ahorro programado o a patrimonios autónomos?