Rendimientos financieros

¿En cabeza de cuál entidad se encuentra la titularidad de los rendimientos financieros obtenidos por los recursos ubicados en el Fondo Cuenta de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, “ATENEA”?, ¿Y cuál es el tratamiento que debe darse a los mencionados rendimientos en el contexto actual, de incorporación de ATENEA y el Fondo Cuenta ATENEA en la Cuenta Única Distrital – CUD?

¿Deben ser consignados en la Secretaria Distital de hacienda los rendimientos financieros generados a partir de convenios interadministrativos?, ¿La inclusión de una cláusula que establece la destinación de los rendimientos financieros generados con recursos objeto de un convenio interadministrativo, es una adición o una moficación sin recursos de dicho convenio?

¿Los recuros provenientes de la tarifa pagada por los usuarios de los servicios funerarios en el marco del contrato de concesión 311, son de propiedad del distrito capital?, ¿Es posible utilizar los rendimientos generados por los recursos depositados en el Fondo de Mantenimiento del Contrato de concesión para cubrir actividades de mantenimiento en hornos crematorios de los cementerios concesionados?

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