Concepto Jurídico. Rendimientos financieros en convenio interadministrativo. Radicado No. 2019EE149467O1
¿Qué entidad ostenta la titularidad de rendimientos financieros provenientes del convenio interadministrativo?
¿Qué entidad ostenta la titularidad de rendimientos financieros provenientes del convenio interadministrativo?
¿Qué entidad ostenta la titularidad de los rendimientos financieros provenientes de un convenio interadministrativo, que se generaron en la cuenta única nacional?
¿Cómo debe interpretarse la obligación de consignar en la dirección distrital de tesorería los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias con recursos del Distrito dentro de los tres días siguientes a la fecha de liquidación?
¿En cabeza de cuál entidad se encuentra la titularidad de los rendimientos financieros obtenidos por los recursos ubicados en el Fondo Cuenta de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, “ATENEA”?, ¿Y cuál es el tratamiento que debe darse a los mencionados rendimientos en el contexto actual, de incorporación de ATENEA y el Fondo Cuenta ATENEA en la Cuenta Única Distrital – CUD?
¿Deben ser consignados en la Secretaria Distital de hacienda los rendimientos financieros generados a partir de convenios interadministrativos?, ¿La inclusión de una cláusula que establece la destinación de los rendimientos financieros generados con recursos objeto de un convenio interadministrativo, es una adición o una moficación sin recursos de dicho convenio?
¿Cuál es el plazo para el pago de los rendimientos financieros?
¿Los recuros provenientes de la tarifa pagada por los usuarios de los servicios funerarios en el marco del contrato de concesión 311, son de propiedad del distrito capital?, ¿Es posible utilizar los rendimientos generados por los recursos depositados en el Fondo de Mantenimiento del Contrato de concesión para cubrir actividades de mantenimiento en hornos crematorios de los cementerios concesionados?
¿En un convenio interadministrativo suscrito entre el fondo de vigilancia y seguridad de Bogotá y la Fiscalía General de la Nación en el cual la primera entregó una suma al ente fiscalizador para ejecutar el convenio, a quien pertenencen los rendimientos financieros?
¿De qué forma se computa el término de los tres días, contemplados en la norma, para realizar la consignación de los rendimientos financieros a la Tesorería Distrital?
¿Cuál es la naturaleza de los recursos que ingresan a la cuenta especial que contempla de la Ley 1730 de 2014 y el manejo de los costos financieros, gastos bancarios y el gravamen a movimientos financieros?