Dirección Jurídica

¿Es viable jurídicamente realizar a favor de un tercero el pago de los derechos económicos derivados de un contrato con fundamento en la figura de la cesión de créditos? ¿o este se debe hacer a través del endoso de factura?

¿Qué efecto surge de no señalar el incumplimiento de la prohibición de ceder el contrato en la liquidación de este?; ¿El incumplimiento de la prohibición señalada da lugar a la liquidación unilateral del contrato?; ¿El incumplimiento de la prohibición señalada permite que se pueda hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria?

¿Es procedente dar aplicación a la exención contenida en el numeral 9 del artículo 879 del Estatuto Tributario, al manejo financiero de los recursos públicos dispuestos para el pago del pasivo laboral en cesantías a través del patrimonio autónomo?