Informes y/o conceptos

¿Cuál es el alcance de la responsabilidad de la Oficina de Gestión de Pagos (OGP) de la Dirección Distrital de Tesorería (DDT) frente a los recursos que se encuentran retenidos por falta o insuficiencia de instrucciones para el giro por parte de las entidades ordenadoras del gasto? ¿Cuál es el grado o estándar de diligencia exigible a la OGP para entender cumplida su gestión en el marco de sus funciones y competencia? ¿La OGP debe adelantar gestiones adicionales a los requerimientos ya efectuados para obtener la información o instrucción necesaria para el giro?

¿Es procedente, conforme con los principios de planeación y destinación específica del gasto público, transferir recursos remanentes de un Convenio Derivado liquidado hacia otro Convenio Derivado en ejecución del mismo Convenio Marco, considerando que ambos Convenios Derivados están enfocados al desarrollo de un único proyecto de inversión? ¿Cómo sería el trámite presupuestal y tesoral que como entidad deberíamos realizar?

¿La detección de inconsistencias en la información remitida para la programación trámite y ejecución del pago de depósitos judiciales constituye causal suficiente para suspender, devolver o reprogramar el trámite por parte de la DDT, o existe el deber de continuar el procedimiento mientras la entidad ordenadora del gasto adelanta la subsanación correspondiente?

¿Los recursos del Convenio Interadministrativo No. 9-07-14100-1373-2024, suscrito entre el FONCEP y la EAAB, cuyo objeto es la dispersión, control y pago de la nómina de pensionados de la EAAB adquieren la calidad de recursos distritales del nivel central al ser transferidos y administrados por el FONCEP, o mantienen la titularidad de la EAAB?