¿Cómo está regulado en el Distrito Capital las funciones de ordenación del gasto, del pago, girto de los recursos y transferencias para las entidades que hacen parte del presupuesto anula del Distrito Capital y los Fondos de Desarrollo Local?
¿Es procedente la marcación como exentas del gravamen a los movimientos financieros - GMF, de las cuentas de ahorro donde se manejan los recursos del fondo distrital para la gestión de riesgos y cambio climático de Bogotá D.C.?
¿Qué procedimiento debe adelantar la Universidad Distrital Francisco José de Caldas para cobrar obligaciones a favor de la misma cuando no existe título ejecutivo que la declare?
¿Teniendo en cuenta que en el Distrito Capital se presentan acreencias a su favor por concepto de ingresos no tributarios, en que casos se aplican intereses remuneratorios y moratorios?
¿Cuál es el porcentaje de retención que debe realizar la dirección Distrital de Tesorería para cada una de las vigencias de 2003 a 2017 sobre el recaudo por concepto de estampilla Universidad Distrital con destino al pasivo prestacional de pensiones y cesantías del ente autónomo universitario?
¿Las cuentas a nombre del IDU a través de las cuales ejecuta su presupuesto por concepto de recaudo y administración de valorización, cargas urbanistícas y convenios están exentas de gravamen a los movimientos financieros?
¿Es posible que la secretaría Distrital de Desarrollo Económico realice rebaja o condonación de intereses de cartera castigada, generada en el marco del Convenio de asociación No. 570 de 2013, con el ánimo de lograr recuperación de cartera, evitar el deterioro de la estructura financiera y propender por la defensa, rentabilidad y recuperación del patrimonio público?