Secretaría Distrital de Hacienda

Deterioro y baja en cuentas de cuentas por cobrar con una Entidad en Liquidación y reporte en el BDME.

¿Al existir un proceso liquidatorio para las acreencias aceptadas por parte de COOMEVA EPS S.A., en Liquidación en el cual para su pago existe una prelación establecida en el art. 12 de la Ley 1797 de 2016, es viable mantener el reconocimiento contable de dichas acreencias como una cuenta por cobrar o se debe reconocer en las cuentas de orden prevista para tal efecto?

En el marco de lo establecido por los artículos 28 y 36B1 del Decreto Distrital 192 de 20212 y por los artículos 41 (literal c) y 47 (literal c) del Decreto Distrital 401 de 20143 , mediante la presente Circular, la Dirección Distrital de Tesorería informan las directrices y lineamientos que deberán cumplirse para el trámite de una devolución de ingresos no tributarios, en sustitución de lo previsto en la Circular DDT – 5 de 2021.