Circular DDT No. 07 de 2024
Vigencia 2024 - Programación de Pagos y Cierre de Operaciones de Tesorería
Vigencia 2024 - Programación de Pagos y Cierre de Operaciones de Tesorería
Mediante la presente, se informan las directrices e instrucciones que deberán cumplir las entidades y dependencias destinatarias de la presente Circular identificadas con el NIT 899.999.061-9 de Bogotá, Distrito Capital.
¿Los rendimientos financieros derivados del contrato No. 413 de 2023 adjudicado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a Proyectamos Colombia SAS para operar la Red Distrital de Bibliotecas Públicas -BIBLORED, específicamente aquellos rendimientos producto de la gestión del contratista en el alquiler de espacios de las bibliotecas y los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria de servicio al ciudadano producto de multas, sanciones y reposiciones que pagan los usuarios por los servicios bibliotecarios, le pertenecen al Distrito Capital?
¿Debe la tesorería distrital registrar el pago en especie de la retribución por aprovechamiento económico?
¿Hay lugar a devolución de dineros por parte de la tesorería distrital cuando en el marco de un convenio interadministrativo el pago del GMF realizado a la DIAN se asumió con los recursos de la entidad ejecutante, quien no realizó la compensación sobre los recursos del convenio, cuyos valores no ejecutados fueron devueltos a las cuentas de la dirección distrital de tesorería?
¿los rendimientos financieros generados con recursos aportados por la Secretaría Distrital del Hábitat en desarrollo de un convenio interadministrativo celebrado con la caja de vivienda popular, para la ejecución de proyectos de vivienda de intéres prioritario, administrados en un patrimonio autónomo de conformidad con la Ley 1537 de 2012 se pueden destinar a la ejecución de proyectos de vivienda?
¿El plan especial de manejo y protección del cento histórico de Bogotá (PEMP-CHB) puede prever eventos en los cuales procede el pago para el cumplimiento o compensación de cargas por edificabilidad para que sean recaudados por el fondo cuenta con el fin de cumplir o compensar cargas urbanísticas?
¿Es competente la dirección distrital de tesorería para marcar como exenta del gravamen a los movimientos financieros en una cuenta bancaria de titularidad de la región administrativa y de planeación especial RAPE?
¿Los recursos recaudados por retribución económica del aprovechamiento del espacio público administrados por el IDRD deben hacer parte del mecanismo de cuenta única? ¿El IDRD es el titular de los rendimientos financieros generados por la retribución?
¿Es aplicable la exención del gravamen a los movimientos financieros a recursos propios de los establecimientos públicos al ser depositados en la Cuenta Única Distrital y al traslado de los mismo hacia esta? ¿Está exenta del gravamen a los movimientos financieros el traslado de los recursos públicos entre entidades del orden territorial y, en especial, desde y hacia la Tesorería Distrital?