¿Existe la posibilidad de transferir el porcentaje accionario que posee el Fondo de Vigilancia y Seguridad - en liquidación- en Transmilenio, a una entidad del nivel central del Distrito Capital?
¿Cómo es el manejo de los rendimientos financieros originados con los recursos de Distrito Capital, cuando en virtud de un convenio interadministrativo se constituye un patrimonio autónomo que administra dichos recursos, cuyo objeto es financiar subsidios familiares de vivienda para proyectos de vivienda VIP?
¿Existe la posibilidad de transferir los bienes muebles del fondo de vigilancia y seguridad - En liquidación-, a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia que al cierre del proceso liquidatorio del Fondo de Vigilancia y Seguridad no ha sido posible enajenarlos?
¿Cuáles son los criterios utilizados por la Corte Constitucional para identificar el carácter endógeno de los recursos de las entidades territoriales? y ¿ cuáles son las consecuencias de que un recurso territorial sea clasificado como endógeno?
¿Cómo se denominarían y clasificarían los ingresos corrientes no tributarios y que no corresponden a multas o cargas urbanísticas?, ¿Existen en el Distrito Capital regulación respecto a estos ingresos?
Cuándo un urbanizador, para cumplir con su obligación de destinar suelos para VIS/VIP, opta por la alternativa señalada en el numeral 3 del artículo 2.2.2.1.5.3.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015 ¿Los recursos producto de la carga urbanísitca son recursos públicos o de particulares?
¿Es jurídicamente procedente hacer uso de la constitución de reservas presupuestales para asumir compromisos que requieren más de una vigencia para su ejecución?
¿Es viable contratar directamente bajo la causal de prestación de servicios de apoyo a la gestión, las actividades contenidas en los planes de bienestar e incentivos con una caja de compensación específica?