Concepto Jurídico. Liquidación Fondo de Vigilancia. Radicado No. 2016ER103623
Cumplimiento de la normatividad expedida para el proceso liquidatorio del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá.
Cumplimiento de la normatividad expedida para el proceso liquidatorio del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá.
Condonación de intereses de cartera castigada, en el marco del Convenio de Asociación 570 de 2013, suscrito entre la Secretaría de Desarrollo Económico, la Fundación Confiar y Confiar Cooperativa, tema respecto del cual formuló unos interrogantes puntuales.
Ingresos por cobros que se efectúe a entidades del orden nacional y al sector privado por los servicios que pueda prestar como: prestamos de depósito, asesoría en saneamientos básicos, préstamos de instalaciones (exposiciones, filmaciones, parqueaderos), elaboración de documentos archivísticos y asistencia técnica, entre otros.
Revisión oficiosa del concepto IE6988 de fecha 1 de marzo de 2011 emitido por la Dirección Jurídica de la Secretaria Distital de Hacienda.
¿Cuáles son las implicaciones para la Junta Directiva, por no aprobar los estados financieros de la Subred Norte a 31 de diciembre de 2016. Lo anterior teniendo en cuenta que la Revisoría Fiscal emitió opinión desfavorable?
Cómputo del plazo final fijado expresamente en el artículo 1 del Acuerdo 665 de 2017, por ser este un día no hábil en el actual calendario. La anterior petición con base en el posible conflicto normativo existente entre lo establecido en el artículo 356 de la Ley 1819 de 2016 y el artículo 1 del Acuerdo 665 de 2017 frente a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 4 de 1913.
¿Cuál debe ser la posición que debe asumir la entidad para proteger el derecho de las personas a ser nombradas producto de listas de elegibles frente a la terminación de los nombramientos provisionales de las personas que ocupan esos empleos que se encuentran en situaciones especiales?. ¿En caso que se deba efectuar la protección de los sujetos con protección especial vinculados en provisionalidad, en qué forma se debe realizar esa protección para cada caso específico, sin afectar los derechos de los elegibles o de los funcionarios que ostentan derechos de carrera en la entidad?
Viabilidad o no de la implementación del cobro coactivo por parte de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., al tener en cuenta que es la única Subred que no ha implementado como estrategia el recaudo de cartera el “Cobro Coactivo”, debido al concepto emitido por la Superintendencia de Salud, el cual adjunta con la solicitud.
Generación de intereses sobre las sanciones impuestas a los infractores de las normas higiénico – sanitarias y de calidad en el servicio de salud. Específicamente: 1) Qué tipo de intereses se generan por el no pago de las sanciones? Remuneratorios? Moratorios? Compensatorios?. 2) A partir de qué fecha empiezan a generarse los intereses? 3) Bajo qué tasa se calculan los intereses?
Responsable del pago del impuesto predial al Municipio de Soacha de los inmuebles Tequendama 3 y 4, por conflicto de competencia negativo entre el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAAB_ESP y la Secretaría Distrital de Ambiente, con relación al referido pago.