¿Es viable desde el punto de vista jurídico que el FONCEP transfiera a título gratuito a la Contraloría de Bogotá el derecho real de dominio sobre los pisos 4, 5 y 6 y los parqueaderos 44, 45, 46, 47, 48, 49, 52 y 53? Y en caso positivo ¿Cuál sería el procedimiento?
¿Existe la obligación legal para las entidades públicas de tener revisor fiscal? ¿En qué casos específicos una entidad pública está obligada a tener revisor fiscal? ¿Cuáles son las normas que regulan la obligatoriedad de tener revisor fiscal en los establecimientos públicos? ¿Es obligatorio para el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP contratar un revisor fiscal? ¿Es procedente que el FONCEP cuente con Oficina de Control Interno, con la auditoría que adelanta de forma regular la Contraloría de Bogotá y además con una revisoría fiscal?
¿Es posible que tanto el contratista como el practicante al terminar su relación contractual y vinculación de formación con la entidad, puedan beneficiarse o lucrarse de los archivos personales y material audiovisual que elaboraron durante la ejecución de su contrato y de su vinculación como practicante para la entidad?
¿En la liquidación del impuesto predial sobre mejoras se debe incluir, a prorrata, el valor del terreno en el cual se encuentra la mejora? ¿La autonomía administrativa del Distrito Capital se encuentra dentro de los límites de la constitución y la ley?
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o
sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar a
la Dirección de Impuestos de Bogotá”.