Territorial

Concepto Jurídico. Viabilidad jurídica aplicación de la CUD - ATENEA. Radicado No. 2024IE023614O1

Buscando promover el buen manejo de los recursos asignados a la Agencia ATENEA y su fondo cuenta, y dado que la Tesorería Distrital debe aplicar el mecanismo de Cuenta Única Distrital (CUD), se requiere: i) verificar la viabilidad del manejo del Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior - FONDO FEST dentro del mecanismo CUD; ii) aclarar el destino de todos los recursos de que trata el artículo 3° del Acuerdo 037 de 1999 y sus modificaciones; iii) verificar la viabilidad de la liquidación de los recursos de cada uno de los depósitos y su posterior disponibilidad para que

Concepto Jurídico. Aplicación del decreto de austeridad en EICE del Distrito Capital. Radicado No. 2024EE243186O1

¿La Lotería de Bogotá se encuentra limitada en el ejercicio de sus funciones misionales establecidas por la Ley 643 de 2001 y el Decreto Distrital 927 de 1994, por las limitaciones de que tratan los artículos 18 y 19 del Decreto Distrital 062 de 2024?

Acuerdo Distrital 929 de 2024

Por medio del cual se dictan lineamientos para la apropiación y mantenimiento del espacio público debajo de los puentes vehículares, puentes peatonales y sus alrededores en el distrito capital, con el fin de transformarlos en espacios destinados a la cultura, seguridad y convivencia ciudadana y al reverdicimiento

Concepto Jurídico. Insolvencia de personas naturales, sanciones tributarias, prelación de créditos. Radicado No. 2024EE239900O1

¿En los trámites concursales de insolvencia de personas naturales no comerciantes, se deben incluir las sanciones impuestas por una entidad territorial por la no declaración del impuesto vehicular como créditos de primera clase?

Concepto Jurídico. Transferencia de dominio a título gratuito de bienes inmuebles – Contraloría de Bogotá. Radicado No. 2024EE217465O1

¿Es viable desde el punto de vista jurídico que el FONCEP transfiera a título gratuito a la Contraloría de Bogotá el derecho real de dominio sobre los pisos 4, 5 y 6 y los parqueaderos 44, 45, 46, 47, 48, 49, 52 y 53? Y en caso positivo ¿Cuál sería el procedimiento?

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