Concepto contable 2023EE473218O1 del 29 de noviembre de 2023
Reporte Boletín de deudores Morosos del Estado
Reporte Boletín de deudores Morosos del Estado
Tasas para el cálculo de estimaciones - cierre vigencia 2023
Comunicación de la Resolución 2104 de 25 de septiembre de 2023
Comunicación de la Resolución 2198 de 06 de octubre de 2023
¿Los rendimientos financieros derivados del contrato No. 413 de 2023 adjudicado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a Proyectamos Colombia SAS para operar la Red Distrital de Bibliotecas Públicas -BIBLORED, específicamente aquellos rendimientos producto de la gestión del contratista en el alquiler de espacios de las bibliotecas y los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria de servicio al ciudadano producto de multas, sanciones y reposiciones que pagan los usuarios por los servicios bibliotecarios, le pertenecen al Distrito Capital?
¿La Notificación por aviso en la página web de la entidad que establece el artículo 568
del ETN, reemplaza la notificación en un periódico de circulación nacional que establece
el artículo 565 del ETN,
“Por la cual se establecen las características de la información que debe suministrar la Sociedad OPAIN S.A. y las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, en relación con los contratos de arrendamiento, uso, usufructo u otra forma de explotación comercial que se hagan mediante establecimiento mercantil, dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondiente a puertos aéreos.”
¿Debe la tesorería distrital registrar el pago en especie de la retribución por aprovechamiento económico?
¿Cuál es la naturaleza jurídica de INVEST IN BOGOTÁ?
¿Es procedente que la SDDE haya presentado demandas ejecutivas singulares ante las jurisdicción civil ordinaria para recuperar cartera castigada recibida?; 2)¿puede tenerse dicha actividad jurídica como una especie de cobro por jurisdicción coactiva adelantada ante la jurisdicción ordinaria?; en caso afirmativo ¿cuál sería el camino a seguir con las demandas ejecutivas singulares presentada ante la jurisdicción civil ordinaria?; 3) ¿hasta donde llega la competencia de la SDDE para intentar recuperar la cartera castigada en mención?