- La obligación corresponde a las retenciones practicadas en noviembre y diciembre de 2025.
- En el botón Pagos Bogotá, señale la opción ICA–ReteICA o puede generar el recibo para pago presencial.
Bogotá D. C., 8 de enero de 2026
La Secretaría de Hacienda de Bogotá recuerda a los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que el plazo para presentar la declaración de retención en la fuente del ICA (ReteICA) y pagar la obligación correspondiente al sexto bimestre del 2025 (noviembre–diciembre) vence el viernes 16 de enero de 2026.
La Entidad recomienda no dejar vencer esta fecha para evitar la aplicación de sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
¿Cómo declarar y pagar?
Opción en línea: Ingrese a la Pagos Bogotá, seleccione ICA–ReteICA, diligencie la información, presente la declaración y pague en línea.
Opción pago presencial: Desde Pagos Bogotá también se puede generar y descargar el recibo para pagar en las entidades bancarias autorizadas.
¿Qué es el ReteICA?
El ReteICA es la retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA). En la práctica, significa que algunas entidades o empresas autorizadas descuentan una parte del impuesto cuando hacen pagos por servicios o actividades que están gravadas con ICA, y luego deben declararla y consignarla ante la Secretaría de Hacienda de Bogotá.
¿Quiénes deben presentar ReteICA?
Deben presentarlo quienes actúan como agentes retenedores, es decir, quienes están autorizados para practicar esa retención. Entre los más comunes están:
- Entidades públicas
- Grandes contribuyentes definidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
- Agentes designados por la Dirección de Impuestos de Bogotá
- Intermediarios o terceros que participan en operaciones donde aplica la retención
¿Qué debe tener el certificado de retención?
Quienes retienen ICA deben entregar un certificado con datos básicos como:
- Año y ciudad donde se practicó la retención
- Nombre o razón social y NIT del retenedor
- Dirección del retenedor
- Nombre o razón social y NIT de la persona o empresa a la que se le practicó la retención
- Valor total del pago y valor retenido
- Concepto de la retención y firma del responsable
Recomendación de seguridad y canales oficiales
La Secretaría de Hacienda de Bogotá recuerda que todos los servicios son gratuitos y recomienda no acudir a tramitadores. Si necesita ayuda, puede consultar los canales oficiales:
- www.haciendabogota.gov.co
- Canales virtuales de atención
- Puntos de Atención Especializada en Usaquén y en el centro comercial Plaza de las Américas
- Red CADE de Bogotá en ocho puntos estratégicos de la ciudad
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SECRETARÍA DE HACIENDA DE BOGOTÁ
Oficina Asesora de Comunicaciones
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