Declara y paga hasta el 19 de abril el impuesto del ICA, primer bimestre

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En total, hay 23.289 contribuyentes registrados en la base de datos de la entidad que deben realizar su pago en dicha modalidad.
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Declara y paga hasta el 19 de abril el impuesto del ICA, primer bimestre

  • Los contribuyentes pueden ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda para cumplir con su obligación tributaria, vigencia 2024.
  • En total, hay 23.289 contribuyentes registrados en la base de datos de la entidad que deben realizar su pago en dicha modalidad.

 

Bogotá, 12 de abril de 2024.

Los contribuyentes del régimen común bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que declararon y pagaron en 2023 un impuesto superior a $16.583.092 (391 UVT) tienen hasta el 19 de abril para declarar y pagar su tributo, que corresponde a los meses de enero y febrero de 2024.

Para ello, las y los ciudadanos deben ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizar su declaración y pagar antes de dicha fecha.

De igual forma, la entidad hace un llamado para que las personas realicen el aporte voluntario del 10 % adicional a su obligación. Estos recursos serán destinados para apoyar temas de educación superior en Bogotá.

El siguiente pago, correspondiente al segundo bimestre, correspondiente a los meses de marzo y abril, se debe hacer hasta el próximo 21 de junio. Las fechas posteriores se pueden consultar en el Calendario Tributario 2024 para programar sus pagos.

¿Qué obligaciones tienen los contribuyentes pertenecientes al régimen común de ICA?

  • Inscribirse al registro de información tributaria (RIT), dentro de los dos meses siguientes a la constitución de la empresa.
  • Actualizar el RIT con las novedades, cese de actividades, dentro de los dos meses siguientes al hecho.
  • Declarar y pagar en el formulario específico las retenciones de ICA practicadas (para agentes retenedores).
  • Llevar libros de contabilidad, conforme a los principios de contabilidad aceptados.
  • Expedir factura con el diligenciamiento de los requisitos.
  • Conservar información y pruebas.

No olvides que el pago oportuno de tus obligaciones te evita sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Y recuerda: no acudas a tramitadores ni a aplicaciones que generen cobros adicionales para realizar tus diligencias. Todos nuestros servicios son GRATUITOS.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

Oficina Asesora de Comunicaciones

Fuente
Secretaría Distrital de Hacienda
Tipo de artículo
Imagen principal
Pago ICA primer bimestre

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