¿De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto Distrital 777 de 2019 respecto de las solicitudes de devolución que presentan los contribuyentes de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, cuál es el área que funge como ordenador del gasto y le corresponde adelantar el trámite de anulación de las devoluciones tributarias radicadas ante la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, cuando dichas órdenes de devolución no se puedan ejecutar?
Tema/Subtema
Nivel de aplicación
Dependencia de origen
Número de norma
2021IE012947O1
Servicio al que aplica
Fecha de expedición
Documento
Estado
Vigencia